H. Consejo Técnico
Objetivo
Fungir como órgano de autoridad, decisión, consulta y asesoramiento en lo que respecta a los asuntos académicos y administrativos de la propia Unidad Académica (UA).
Funciones
- Elaborar su propio Reglamento Interno de funcionamiento, el cual no deberá contraponerse a las disposiciones contenidas en esta Ley;
- Vigilar el cumplimiento de los planes y programas de estudio, métodos de enseñanza y de evaluación en la UA de que se trate;
- Discutir y analizar los proyectos e iniciativas que presenten los profesores, investigadores o alumnos, o los que surjan en su seno, sometiendo sus dictámenes a la aprobación del Consejo Académico Regional o del Consejo Universitario, según corresponda;
- Aprobar el Plan de Desarrollo Anual de la UA correspondiente para su integración al Plan de Desarrollo de la Unidad Regional;
- Formular el anteproyecto de presupuesto de ingresos y egresos de la Unidad Académica.
- Formular en coordinación con el Secretario Académico de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) las propuestas de creación, modificación o supresión de planes y programas de estudio;
- Determinar en forma anual las necesidades de personal académico de la UA;
- Aprobar la organización interna de cursos, grupos y horarios para el desarrollo de los planes y programas académicos;
- Conocer y, en su caso, resolver sobre el otorgamiento de validez de estudios realizados en instituciones educativas que no forman parte del sistema educativo nacional;
- Proponer sobre el disfrute del año sabático, para lo que se considerará el adecuado desarrollo de planes y programas de la UA correspondiente;
- Evaluar los informes de actividades, así como el correspondiente al periodo o año sabático que presenten los miembros del personal académico;
- Evaluar en forma periódica el desarrollo de los planes y programas de estudio de la UA respectiva;
- Integrar las comisiones que sean procedentes para el desahogo de los asuntos de su competencia;
- Las demás que establezcan los lineamientos vigentes de la UAS.